Incidente de Reparación Integral
Noción Es la fase incidental y subsiguiente al juicio oral que ha concluido con fallo que declara la responsabilidad penal del acusado, que se inicia a solicitud de la víctima, o del fiscal o del Ministerio Público por petición de ella, con el propósito de obtener la reparación del daño que se le causó con el delito. Fundamento normativo Artículos 11.h, 102 a 108, 114.12, 134, 135, 136.13, 137 y 447 del Codigo de procedimiento penal. Legitimación Están legitimados para presentar la pretensión de reparación integral la víctima directa, sus herederos, sucesores o causahabientes, cuando la reparación tiene exclusivamente carácter económico. Si es de otra naturaleza podrán hacerlo el fiscal o el Ministerio Público, por solicitud de la víctima. El tercero civilmente responsable puede acudir voluntariamente al incidente o por solicitud de la víctima, el condenado o su defensor. En este último caso deberá ser citado al momento de in...