La Íntima Convicción como Sistema de Valoración Probatoria


Según cuentan los teóricos este sistema fue creado como reacción contra el sistema procesal de la tarifa legal,  se trata de un tipo de juicio acusatorio puro, con tribunales populares –el pueblo- y, un jurado clásico –jueces-, aquí el pueblo es el que administra justicia puesto que no tiene que dar explicaciones en la sentencia, reduciéndose a la intimidad de la conciencia de quienes ejerzan el poder de juzgar; aquí no se basan en la normatividad que orienta el proceso y mucho menos a la normatividad que le fije valor al medio probatorio. El jurado era popular y el juez no estaba sometido a la normatividad para otorgar valor a la prueba, aquí la verdad del proceso se determina a partir de la convicción moral, la conciencia y libre albedrío del juez y el jurado popular.

La práctica de este sistema fue en Grecia y Roma, por allá en la época republicana, ya en tiempos recientes surgió en el año de 1791, en plena revolución francesa, según lo afirmó (Carrara, 2004):

"El sistema de íntima convicción es históricamente el más antiguo, como es históricamente más antiguo el tribunal compuesto de ciudadanos en vez de legistas, vale decir, el jurado. En Grecia y Roma, aun bajo el imperio, se juzgaba por convicción".

Dicho sistema acude a una ficción de que los jurados populares y los jueces son los representantes del pueblo para administrar justicia, por lo que su apreciación y valoración probatoria queda sometida a la conciencia del juez. Este sistema también ha recibido críticas, como las siguientes:
  • La forma en que se profieren los fallos, sin ninguna clase de motivación.
  • Sus fallos conducen a una dictadura judicial.
  • No se conocen los fundamentos, del porque se absuelve o condena a una persona.

De acuerdo con el sistema de la tarifa legal y el de intima convicción, Asencio Mellado citado por (Rodríguez Choconta O. A., 2012, pág. 331), sostuvo lo siguiente:

“Los dos grandes sistemas de apreciación de las pruebas surgidos a lo largo de la historia y que mantienen diversas manifestaciones aún vigentes en la actualidad, no han sido frutos de la inspiración del legislador sino que, por el contrario, encuentran su fundamento o causa en el seno de la propia sociedad  y de los valores de todo tipo imperantes en cada época.”

Estos dos sistemas fueron imperantes según su época, de acuerdo a las costumbres y valores que vivió la sociedad en su momento, tienen características positivas y negativas, de los dos sistemas se pueden rescatar sus ventajas, y es por ello que nace en el derecho un nuevo sistema que ayuda a superar los aspectos negativos que presentaban estos, extrae sus ventajas para mejorar el proceso de valoración probatoria con miras de poder garantizar y proteger los derechos humanos de las personas involucradas en un proceso, de allí nace como un tercer sistema la sana crítica o de persuasión racional, el imperante en la actualidad.

Fuente Principal:
Trabajo de Grado, 2015. "Valoración de la prueba testimonial común en el juicio oral y público". Universidad Simón Bolívar, extensión Cúcuta.
Autoría principal: Franklin Buitrago Vivas

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