Reglas del Interrogatorio directo en el juicio oral penal

El articulo 392 C.P.P, dispuso las reglas del interrogatorio,  reglas que se deben tener en cuenta para la técnica del interrogatorio: i) Las preguntas deben versar sobre hechos específicos. ii) Están prohibidas las preguntas sugestivas, capciosas o confusas. iii) Están prohibidas las preguntas ofensivas hacia el testigo. iv) El juez puede autorizar consultar documentación para refrescar la memoria del testigo. v). El juez puede excluir toda pregunta que no sea pertinente al caso.

Conforme con lo anterior, el (Manual Procedimientos de la Fiscalía en el Sistema Penal Acusatorio, 2009, págs. 176-178), explica las  preguntas que pueden presentar oposición en el interrogatorio: (a) capciosas: “Parte de la afirmación de hechos no probados, o que, ya probados de otra manera, se distorsionan en la pregunta para inducir en error al testigo”, (b) sugestivas: “es aquella que, por su forma y estructura, sugiere al interrogado la respuesta”, (c) confusas, distorsión del testimonio, (d) impertinentes o superfluas: “porque no tiene relación con los hechos debatidos en el juicio”, (e) conclusivas: “Pretende provocar en el testigo una conclusión sobre los hechos que se investigan”, (f) argumentativas: “no tiene un propósito probatorio sino anticiparse a la alegación, o la que insinúa la conclusión sin tener los hechos probados” , (g) especulativas: “Pretende que el testigo, sin ningún fundamento, declare sobre hechos que no fueron percibidos por él”, (h) compuestas: “Abarca dos o más temas a la vez y crea confusión sobre cuál de los aspectos es el cuestionado”, y (i) repetitivas: “La que se hace al testigo de manera constante y en diferentes momentos del Interrogatorio”. Esta clase de preguntas pueden generar oposición de la parte contraria. 
Ahora las preguntas admisibles en el interrogatorio directo son por ejemplo: (a) preguntas abiertas: Estas permiten la libertad y extensión en la respuesta, de acuerdo con el conocimiento del testigo de los hechos, orientan el interrogatorio. (b) Preguntas de seguimiento: son preguntas que se hacen en medio de la respuesta del testigo para orientar su declaración y evitar con ello oposiciones de la otra parte. Evita que entre en detalles que no son relevantes al caso.

El profesor Solórzano explica que el interrogatorio se caracteriza por tener cinco etapas que las diferencian, por el número de preguntas que son indispensables y no pueden faltar y de lo cual mantienen un orden específico, al respecto,  (Solórzano Garavito, 2010, págs. 238-251) expresa“Todo interrogatorio tiene cinco etapas que se diferencian por igual número de preguntas que no pueden faltar y deben respetar un orden específico, a saber: i) preguntas de acreditación, ii) preguntas de introducción, iii) preguntas de transición, iv) preguntas de tema principal, y v) pregunta final.”

Cuadro 1.  Clases de preguntas en el interrogatorio

PREGUNTAS DE ACREDITACIÓN
Las preguntas de acreditación son aquellas que le permiten al juez saber si el testigo está en condiciones de poder dar una declaración, bien sea porque tenga los conocimientos específicos, o porque pudo percibir los hechos, o porque tiene la formación y la experiencia adecuada para actuar como investigador.
PREGUNTAS DE INTRODUCCIÓN
Son aquellas con las cuales como su nombre lo señala inserto al testigo en el tema materia de su interrogatorio.
PREGUNTAS DE TRANSICIÓN
Son las que permiten cerrar temas y llevan al testigo de un tema a otro, con lo cual se garantiza que todos los tópicos queden cubiertos, y generalmente van acompañadas de una pequeña introducción que permite que el testigo entienda que van a abordar un tema fundamental.
PREGUNTAS DE TEMA PRINCIPAL:
Todo testigo puede tener una muy buena información, y podrá referirse a varios tópicos, pero siempre hay un tema principal. Así si el testigo fue presencial el tema principal es la ocurrencia del hecho.
PREGUNTA FINAL
Busca dejar la información en el punto más alto.


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