Reglas del Contrainterrogatorio en el Juicio Oral Penal

Reglas del contrainterrogatorio[1]. La ley 906 de 2004, dispuso un sistema oral acusatorio en cual aparecen una serie de principios que permite a las partes actuar de manera equilibrada y con justicia, uno de ellos es el principio fundamental de la contradicción, el cual se desarrolla en el contrainterrogatorio. El articulo 393 C.de.P.P, dispuso unas instrucciones que se deben tener en cuenta para la técnica del contrainterrogatorio: (i) El fin del contrainterrogatorio se fundamenta en contradecir o refutar todo lo que contesto el testigo o parte de algunas preguntas. (ii) La parte que contrainterroga puede basarse en cualquier declaración que hubiese hecho el testigo, como por ejemplo sobre los hechos narrados en entrevista, en declaración jurada y tomada en el trayecto de la investigación o en la misma audiencia de juicio oral. El testigo debe estar a disposición del juez el tiempo que sea necesario, el cual el juez no puede excederse sobre la duración de la práctica de pruebas. El testigo puede ser requerido por alguna de las partes, para que adicione o aclare el testimonio, de acuerdo con las reglas anteriormente mencionadas. Los testigos son interrogados separadamente con el fin que no se distorsionen las declaraciones que le proceden, de acuerdo con el artículo 396 de C.de.P.P. 



[1] “El contrainterrogatorio es la técnica que se utiliza para examinar el testigo de la contraparte y que se caracteriza porque utilizan preguntas cerradas, sugestivas, asertivas y de control. Lo que se pretende con ello es quitarle credibilidad al testigo, mostrar que no es tan seguro como inicialmente se percibió por parte del juez, y que su información deja muchas dudas...En el litigio, el mejor medio o herramienta más útil para el esclarecimiento de los hechos lo constituye el contrainterrogatorio, pues con este queda en evidencia el testigo amañado, el testigo adoctrinado, el que tiene un interés no propiamente en que se haga justicia sino en favorecer a una de las partes dentro del proceso, por ello se debe recordar siempre que durante la práctica se tenga, a partir de la previa planificación, como objetivo central el cuestionamiento de la credibilidad en las manifestaciones del testigo que se contrainterroga”. Solórzano Garavito, Carlos Roberto (2010), “Sistema acusatorio y técnicas del juicio oral”. Ed. Nueva Jurídica, Pág. 267.
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